El 10 de julio se ha emitido la Instrucción 4/2025 del Ministerio de Migraciones sobre el informe de integración social.

Esta instrucción clarifica que el informe de integración social solo es necesario para el arraigo social y el arraigo socioformativo del actual Reglamento de Extranjería, Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre. Además, señala que la competencia de emisión de este informe será de las CCAA o, por delegación por la Ley de Bases de Régimen Local, el Ayuntamiento donde resida el ciudadano extranjero.

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